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CANCÚN, QRoo, 11 de septiembre de 2024.- Cerca de las 4 horas de este miércoles, en el Senado de la República, fue aprobada la reforma al Poder Judicial con 86 votos a favor y 41 en contra. Estas modificaciones a la ley presentan puntos a destacar, sobre todo el ya mencionado voto popular para elegir jueces y magistrados, además de los ajustes en organismos que componen esta parte del Estado encargada de la administración de justicia.
Suprema Corte
Un primer punto es preguntar qué pasará con la SCJN, que ya no será conformada por 11 ministros, sino que ahora serán nueve y el cargo durará 12 años en lugar de cinco; no podrán reelegirse.
Además de ello, se eliminarán las dos salas y todo se resolverá en el Pleno. La presidencia de la SCJN durará dos años y no habrá pensiones vitalicias; también se establecerá en la Constitución que nadie podrá ganar por encima del presidente de la República.
Consejo de la Judicatura
El segundo punto es pensar en el destino del Consejo de la Judicatura Federal, que es el encargado de sancionar y vigilar a sus integrantes. Este será sustituido por dos organismo nuevos: un tribunal de disciplina encargado de conocer, investigar y sancionar responsabilidades administrativas y un órgano de administración judicial encargado de la carrera judicial y el control interno.
El tribunal de disciplina estará integrado por cinco miembros y su presidencia se renovará cada dos años; el cargo durará seis años. Por su parte, el órgano administrativo será integrado por cinco miembros: tres serán nombrados por la Corte, uno por el Presidente y uno por el Senado. La presidencia durará dos años.
TEPJF
El tercer punto corresponde al futuro del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Esta instancia seguirá teniendo siete miembros, pero ahora serán elegidos de manera popular cada dos años. La duración de los cargos será de seis años.
Jueces y magistrados
Como cuarto punto, en lo que respecta a magistrados y jueces, también se elegirán de manera popular. Las elecciones se realizarán en cada uno de los 32 estados. La duración en el cargo será de nueve años con posibilidad de reelección.
Elecciones
Sobre las elecciones, que es el quinto punto a destacar, cada Poder integrará un comité de evaluación con cinco personas especializadas en el ramo que revisarán que los perfiles cumplan con los requisitos para cada cargo. Para ministros, magistrados electorales y miembros de tribunal de disciplina, el Poder Ejecutivo propondrá tres nombres, la Corte hará lo propio con tres, los diputados presentarán uno y los senadores, dos. Por otro lado, para jueces de distrito y magistrados de circuito, los diputados propondrán uno, el Senado hará lo mismo con uno, el Presidente presentará dos y la Corte, dos.
Las primeras elecciones se realizarán en 2025, donde se elegirán a todos los integrantes de la SCJN, a las magistraturas de las salas del TEPJF y todas las magistraturas de las salas regionales; también los miembros del tribunal de disciplina y la mitad de los magistrados de circuito y jueces de distrito. La otra mitad se elegiría en 2027.
Poder Judicial local
Asimismo, como sexto punto tenemos la situación del Poder Judicial local. La Constitución de cada estado tendrá un plazo de 180 días para armonizar sus documentos con los cambios federales, es decir, con lo que establece la reforma judicial. También crearán un tribunal de disciplina y un órgano de administración judicial.
Por último, destaca que la nueva propuesta también plantea un tiempo límite para resolver los casos, pero ya no podrán suspenderse leyes con efectos generales. Los llamados jueces sin rostro son un tema polémico, pues serán utilizados en casos extraordinarios sin revelar, como lo dice el nombre, su identidad.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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