Desea Ana Paty feliz Navidad a cancunenses
CANCÚN, QRoo, 27 de junio de 2024.- El 29 de abril de este año, la Cámara de Diputados aprobó con 409 votos a favor, 25 en contra y cero abstenciones, el dictamen que prohíbe a cualquier persona, conductora y/o pasajero menor de 12 años viajar en motocicleta y cuando no pueda sujetarse por sí mismo a dicho vehículo o no puedan colocar adecuadamente los pies en los estribos.
La propuesta busca mejorar la seguridad vial y proteger la integridad física de las y los usuarios de motocicletas.
Se trata de prohibir esta práctica en aras de prevenir accidentes y reducir la incidencia de lesiones graves y fatales.
En el dictamen se establece un artículo transitorio para que las legislaturas estatales adecúen su legislación, en un plazo máximo de 150 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Sin embargo, aún no hay modificaciones en Quintana Roo y ahora el Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo) ha dado luz verde a más permisos para menores de edad para que conduzcan, además de que no existe una supervisión real a las infracciones que cometen los motoristas.
Por citar un ejemplo, este miércoles en un recorrido por un tramo de la avenida Andrés Quintana Roo, en sólo 5 minutos, se vio a más de seis infractores y se pudo observar que ahora se transportan de hasta tres personas en moto, que lo mismo se pasan altos e invaden carriles de automovilistas, poniéndose en riesgo y poniendo en riesgo a otros conductores, sin que tampoco policías de tránsito estén al pendiente.
Según el Artículo 53 del Reglamento de Tránsito para el municipio de Benito Juárez, el conductor de una motocicleta está autorizado para el uso total de un carril de circulación y los conductores de vehículos de motor de cuatro o más ruedas no deberán conducir de manera que priven al conductor de la motocicleta o bicicleta de alguna parte del carril de circulación sin embargo los motoristas cruzan carriles donde hay autos violando el Artículo 54 que dice que el conductor de una motocicleta no deberá adelantar por el mismo carril a otro vehículo de cuatro o más ruedas.
También infringen el Artículo 55 que señala que conductor y acompañante de una motocicleta, están obligados a usar casco protector con las características establecidas en su caso en las Normas Oficiales Mexicanas, debidamente colocado y abrochado, lo que algunos tampoco cumplen.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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