
Morena, sin mayoría calificada para designar a magistrados electorales
CIUDAD DE MÉXICO, 5 de noviembre de 2019.- Luego de la presentación de reservas a dos artículos del dictamen, mismas que fueron rechazadas, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo particular por 356 votos a favor y 84 en contra, el dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución en materia de revocación de mandato y consulta popular, y se turnó a los Congresos estatales para su aprobación.
En el debate, se mantuvo el rechazo del grupo parlamentario del PAN, quienes argumentaron que con esta reforma se engañaba a la ciudadanía, pues por los requisitos para solicitar esta figura se hace prácticamente imposible que el jefe del Ejecutivo sea sometido a la revocación.
Además, señalaron que no es como dice Morena y aliados que repiten la frase de su jefe, “el pueblo pone y el pueblo quita”, pues de acuerdo al dictamen aprobado, en caso de darse la revocación, será el Congreso de la Unión quien decida al que ocupará el lugar del Presidente revocado, y no la gente, como señalan los morenistas.
Al final, los argumentos panistas solo provocaron intercambio de acusaciones y señalamientos entre el blanquiazul y los morenistas y aliados; mientras PRI, PRD y MC, decidieron acompañar el proyecto.
En tanto, sobre consulta popular, se incorporar el derecho de las y los ciudadanos a votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia regional.
Este proceso podrá ser convocado por los ciudadanos de una o más entidades federativas, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.
Asimismo, queda establecido que podrán ser objeto de consulta popular los temas relacionados a: derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; las bases y las tasas impositivas, los montos del financiamiento público y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Así como la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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