Refuerza Estefanía Mercado proyección de Ciudad Playa del Carmen
CANCÚN, QRoo, 14 de julio e 2021.- Durante el tiempo que comprende el proceso de Consulta Popular, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada consultiva, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, salvo aquellas que tengan como fin difundir campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia. Lo anterior, de conformidad con el artículo 35, fracción VIII de la Constitución.
Si bien es cierto, la convocatoria fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (Dof) el 28 de octubre de 2020, también lo es que la modificación al artículo primero transitorio del Decreto por el que se expidió la convocatoria, aplazó la entrada en vigor al jueves 15 de julio de 2021. En ese sentido, dado que las consultas populares se realizarán el primer domingo de agosto, la jornada consultiva correspondiente se llevará a cabo el primero de agosto de 2021.
La difusión de propaganda gubernamental deberá suspenderse en el periodo comprendido entre el 15 de julio y el primero de agosto de 2021, por lo cual, el procedimiento para que este Consejo General, en su caso, autorice aquellas campañas vinculadas a los conceptos de educación, salud o protección civil en casos de emergencia, se establecerá en el presente documento.
Derivado de lo anterior, no podrá difundirse propaganda gubernamental en el periodo citado, en los medios de comunicación social incluyendo las emisoras de radio y televisión que estén previstas en el Catálogo. Las únicas excepciones serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
La propaganda que, bajo cualquier modalidad de comunicación social, difundan los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
En consecuencia, la propaganda que se transmita deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.
La propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando éstos no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal, local o municipal. En su caso, la propaganda exceptuada, deberá tener fines informativos sobre la prestación de un servicio, alguna campaña de educación o de orientación social, por lo que no está permitida la exaltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos municipal, local o federal o de alguna administración específica.
Únete a nuestro grupo para que siempre estés enterado de lo más importante que sucede en Quintana Roo, México y el Mundo a tiempo real…
Telegram
https://t.me/QuadratinQuintanaRoo
WhatsApp
https://chat.whatsapp.com/CryOAj9XFjy7n971GPRBNk
YouTube
https://youtube.com/channel/UCBA64VNEYOwT8-9S7elEopA
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
Síguenos en Facebook, Twitter, Threads, WhatsApp, Telegram, TikTok, Instagram, YouTube