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CIUDAD DE MÉXICO, 27 de abril de 2021.- Por considerar que el decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión viola el derecho humano de protección de datos personales, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) aprobó por unanimidad un proyecto de acuerdo para interponer una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra.
Luego de hora y media de discusión del tercer punto del orden del día, el INAI se aprestó a resolver y supeditar ante al máximo tribunal del Poder Judicial, lo que se conoce como el examen constitucional sobre diversas disposiciones que expuso la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena.
La comisionada Josefina Román Vergara señaló que, para efectos de identificación, no se hace necesaria la recolección del dato biométrico, puesto que ya existe legalmente una base que debe contener dicha información, como lo es el Registro Nacional de Población.
El comisionado Adrián Alcalá Méndez consideró que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión no establece con precisión cuáles datos biométricos son los que se entregarán para la integración del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y el procedimiento para acceder a ellos, por lo que podría vulnerarse también el principio de certeza jurídica.
Advirtió que se pone en riesgo la protección de datos personales de millones de personas en México; “tus datos, mis datos y de todos los que queremos y necesitamos contar con un teléfono celular”, dijo.
La comisionada Norma Julieta del Río Venegas subrayó que el decreto no advierte una relación directa entre la existencia de ese Padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos que pretende combatir.
Además, si bien la reforma persigue un fin constitucionalmente legítimo que es facilitar la investigación y persecución de delitos, se advierte que la medida de entrega de datos personales y biométricos para registrar una línea telefónica, podría no ser idónea.
El comisionado Óscar Mauricio Guerra Ford asentó que el Instituto, con sus atribuciones constitucionales, presupone y considera que sí existen elementos que pueden contravenir algunos artículos de la Constitución, por lo que se debe preguntar al Poder Judicial para resolver el asunto.
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