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CANCÚN, QRoo, 18 de mayo de 2023.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el acuerdo del Poder Ejecutivo que declaraba obras y proyectos como de interés público y de seguridad nacional.
De acuerdo con la SCJN, dicho acuerde transgrede el derecho de acceso a la información, así como las facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para su salvaguarda.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, declaró asunto de interés público y seguridad nacional las obras promovidas por el Gobierno mexicano el pasado 22 de noviembre de 2022.
En específico, se trata de las mega obras impulsadas por su gobierno como el Tren Maya, el Aeropuerto Felipe Ángeles (AIFA), la Refinería de Dos Bocas, el Corredor Transístmico, entre otras.
Con la clasificación de seguridad nacional, la información relativa a contratos, empresas, permisos, o dictámenes, se reservaría por tiempo indefinido, pues el acuerdo no especificó temporalidad.
Al respecto, el INAI presentó una controversia constitucional al considerar que catalogar las obras como de seguridad nacional permite la reserva de la información e impide presentar amparos.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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