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SOLIDARIDAD, QRoo, 19 de febrero de 2019.- Un grupo de personas, supuestamente relacionadas con un grupo de fe, comenzaron la invasión de dos predios municipales de poco más de una hectárea de extensión en la delegación de Puerto Aventuras, perteneciente al municipio de Solidaridad del cual pretenden vender ilegalmente 210 predios.
Esta invasión liderada por Luis Asunción Díaz Varguez, María Lucina Caamal y Emiliano Escobar Corona, comenzó en diciembre de 2018 y al momento han edificado ocho cabañas dentro del predio registrado bajo el nombre de Tulum, en sus fracciones 7 y 10, al costado de un templo en esta delegación municipal.
Los líderes incluso ya cuentan con un plano detallado en el que están ofertando 210 lotes para venta irregular, amparados en una solicitud de información respecto a estos terrenos que iniciaron ante la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, sin embargo dichos predios se encuentran debidamente escriturados y son propiedad del Ayuntamiento de Solidaridad.
Personal de la Dirección de Asuntos Jurídicos realizó una inspección a estos predios ya que se está proyectando obra pública para atender las necesidades de Puerto Aventuras e hicieron del conocimiento de los invasores el estatus jurídico de esa propiedad, ante esta situación, las personas que ocupan este predio se rehusaron a abandonarlo, argumentando una solicitud de información ante Sedetus ya que consideran que son terrenos nacionales.
Ante la negativa de abandonar los predios mencionados, el Ayuntamiento de Solidaridad levantó una denuncia de hechos ante la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo por el delito de despojo y lo que resulte, conforme a lo señalado por la ley, en contra de los líderes y habitantes de esta invasión.
El delito de despojo según el capítulo IX del Código Penal para el Estado de Quintana Roo contempla en el Artículo 158, prisión de seis meses a seis años y de 25 a 250 días de multa, a quien ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, sanción que puede ser incrementada hasta en una mitad más, si el delito es realizado por más de dos personas o se utiliza la violencia para cometerlo.
También el Artículo 159 de la citada ley contempla que al que planee, o induzca, o instigue, financie, dirija o propicie la acción de despojo, se les impondrá prisión de dos a nueve años de prisión y multa de 100 a 400 días de multa, penas que se impondrán aunque el Derecho de Posesión sea dudoso o esté sujeto a litigio.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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