CANCÚN, QRoo, 25 de abril de 2022.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) impulsada por el actual gobierno con nueve votos a favor y dos en contra al ser considerada inconstitucional. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dio a conocer que el pleno del instituto reconoció la determinación de la corte al eliminar esta medida para proteger los datos personales del usuario y no ser objeto de extorsiones.

A través de Twitter el INAI comentó: El Pleno del INAI reconoce la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la inconstitucionalidad 82/2021 y su cumulada 86/2021, que declara la invalidez del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, salvaguardando la privacidad, la intimidad y los datos personales de las mexicanos y los mexicanos.

El pasado 13 de mayo del año pasado, el INAI interpuso una acción de inconstitucionalidad para advertir que el decreto transgredía los derechos a la vida privada, intimidad, datos personales, identidad. De igual manera vulneraba el derecho a la protección de los datos personales ya que no se brinda una protección verdadera.

De igual manera informó que: se violaba la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y el Convenio 108 por incluir mecanismos distintos y restrictivos para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales”.

En el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se concluyó que existen otras medidas que buscan el mismo fin constitucional que el Panaut pero que son menos restrictivas a los derechos humanos a la privacidad, destacó la ministra Norma Piña, ya que el Panaut es una base de datos que contiene la información de las personas jurídicas que contratan una línea telefónica móvil en México.

Síguenos en Facebook, Twitter, WhatsApp, Instagram, Telegram, Youtube, y en TikTok.