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CANCUN, QRoo, 26 de febrero de 2020.- A partir de este año, la población podrá exigir a las autoridades el pago de los daños que sufran en su persona o bienes por culpa, omisión o errores como consecuencia de la actividad administrativa irregular de los entes públicos estatales y municipales del estado de Quintana Roo, lo cual dependerá de la disponibilidad presupuestal.
Tras la publicación de la Ley de Responsabilidad Patrimonial en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el presidente del Observatorio Legislativo de Quintana Roo, Eduardo Galaviz, indicó que esto abre la puerta a que los ciudadanos sean indemnizados por cosas como los daños que cause un bache en su unidad automotriz.
La ley acota que la indemnización de los daños personales se realizará con base en los dictámenes médicos correspondientes, mientras que la de daño moral de acuerdo a los criterios de Código Civil del Estado de Quintana Roo con un tope de tres mil 650 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Sin embargo, como toda ley tiene algunas exclusiones, como los casos fortuitos y de fuerza mayor, los daños y perjuicios que no sean consecuencia de la actividad administrativa de los entes públicos, aquellos que se derivan de hechos que no se hubieran podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica, o deriven de obras públicas, programas y acciones de interés público que temporalmente pudieran afectar al común de la población.
La ley señala que los daños y perjuicios materiales que constituyan la lesión patrimonial reclamada, deberán ser reales y evaluables en dinero, directamente relacionados con una o varias personas y desiguales a los que pudieran afectar al común de la población.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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