CIUDAD DE MÉXICO, 30 de julio de 2019.- Interjet informó que se han registrado algunas demoras y cancelaciones en el cuatro por ciento de su itinerario publicado, debido a una restructura operacional que estará afectando sus itinerarios hasta este 31 de julio.

Añadió que por la demanda natural de la temporada, algunos de sus pasajeros se han visto afectados involuntariamente y ofrecerá alternativas con la finalidad de que lleguen a su destino en el vuelo próximo disponible y otorgando un boleto de cortesía a cualquier destino nacional o internacional de su red.

“Interjet tiene una gran responsabilidad con todos sus clientes con quienes mantiene contacto permanente. Asimismo, ha implementado un plan de protección para compensarlos por encima de lo que marca la Ley de Aviación Civil y sus protocolos de Atención al Cliente”, destacó.

Y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que el 29 de julio de 2019, ABC Aerolíneas (Interjet) le notificó la cancelación de diez vuelos, seis en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y cuatro en otros estados del país, afectando con ello a mil 557 pasajeros, y el retraso de cinco vuelos, afectando a 659 pasajeros. En total, fueron afectados dos mil 216 usuarios.

Profeco añadió que este martes, Interjet ha notificado afectaciones a 23 vuelos adicionales: 17 vuelos cancelados y seis vuelos retrasados, perjudicando con ello a tres mil 254 pasajeros.

Toda vez que las cancelaciones y demoras son imputables a la aerolínea, conforme a Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección Consumidor, Interjet deberá:

En caso de retraso:

  • Superior a una hora e inferior a cuatro, compensar conforme las políticas de compensación de la aerolínea, incluyendo como mínimo, descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
  • Superior a dos horas pero menor a cuatro, descuentos que no podrán ser menores al 7.5 por ciento del precio del boleto.
  • Mayor a cuatro horas, además de lo anterior, otorgar las indemnizaciones por cancelación que a continuación se indican.

En caso de cancelación:

  • Reintegrar el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, más una indemnización que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
  • Ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionar, como mínimo y sin cargo al pasajero, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto, y
  • Transportar en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo, más una indemnización que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Con motivo de esta contingencia, Profeco ha brindado al momento 194 atenciones (75 asesorías, 52 conciliaciones y 67 quejas recibidas).

Este martes, Profeco llevó a cabo una visita de verificación en todas las áreas del AICM (mostradores, básculas, salas de última espera y entrevistas a pasajeros), para constatar el cumplimiento de las obligaciones de las aerolíneas y, en particular, la observancia a los derechos de los pasajeros.

De advertirse incumplimientos, Profeco podrá imponer multas de hasta 4.5 millones de pesos, dependiendo del tipo de infracción.

Información de Quadratín CDMX