CANCÚN, QRoo, 15 de abril de 2019.- Desde este lunes, por este proceso electoral, el gobierno estatal y municipales de Quintana Roo deberán entrar en lo que se llama veda electoral, pero qué es y cómo se aplica.
En veda, los gobiernos deben realizar algunos ajustes en sus actividades ordinarias, con el objetivo de respetar el marco normativo que rige al país en materia federal y estatal para los procesos electorales.
Ello implica la obligación de cambiar la difusión de información y contenidos en materia de publicidad, los cuales también deberán apegarse a lo que marca la ley.
El artículo 41 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos señala claramente:
“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los municipios, de las demarcaciones territoriales en Ciudad de México y cualquier otro ente público”.
Pero la propia ley considera sus excepciones, como son información de las propias autoridades electorales y la información relacionada a servicios educativos y de salud, así como las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
En el artículo 293 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana Roo se señala: 
“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes estatales, como de los municipios, y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, conforme a las normas aplicables en la materia”.
Así, los servidores públicos deberán abstenerse de utilizar nombre, imágenes, voces o símbolos que impliquen una promoción personalizada de servidores públicos con las excepciones previstas en el mismo artículo.
Así que cualquier ciudadano puede denunciar a las autoridades en caso de omisiones a la ley para que sean sancionados.