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CANCÚN, QRoo, 17 de julio de 2023.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llamó a los usuarios del servicio de transporte aéreo a conocer sus derechos para evitar cobros indebidos en la cantidad de equipaje, entre otras irregularidades.
De acuerdo con la Tesis 2a./J. 19/2019 (10a.), si te cancelan tu vuelo o se retrasa, la aerolínea debe indemnizarte.
También, según la Tesis 2a./J. 27/2019 (10a.), en vuelos nacionales puedes documentar hasta 25 kilogramos de equipaje y llevar dos piezas de mano no mayores a 10 kilogramos sin costo extra.
Y de acuerdo a la Tesis 2a./J. 21/2019 (10a.), las aerolíneas deben tener módulos de información en las terminales donde operan para atender dudas, reclamos o inconformidades de los pasajeros.
Aunado a ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que todas las aerolíneas tienen la obligación de contar con un seguro que ampare los daños causados a los pasajeros, a la carga y al equipaje, por lo que se debe preguntar por el alcance del mismo y la manera de hacerlo efectivo.
Los menores de 2 años no pagan boleto, siempre que estén acompañados de un adulto y no ocupen un asiento ni lleven su propio equipaje. En caso de que un menor de edad tenga que viajar solo, la aerolínea podrá brindarte este servicio. El usuario debe preguntar si tiene algún costo extra y los documentos o permisos que tiene que otorgar.
En caso de un problema con el vuelo, la Profeco pone a disposición el Teléfono del Consumidor 5568 8722 – 01 800 468 8722.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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