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CANCÚN, QRoo, 7 de noviembre de 2021.- La recuperación de cuentas bancarias, Afore, pensión o seguro de vida es un derecho; por ello, después del luto y el papeleo por la muerte de un familiar hay trámites que no deben olvidarse, como el cobro de beneficios económicos.
No existe un procedimiento sistemático para que la institución financiera sepa del fallecimiento de sus clientes; sin embargo, si no hay movimientos en las cuentas después de seis años, los recursos pasan a la beneficencia pública.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) tiene un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido.
De acuerdo con el organismo, se investiga y verifica a través de las instituciones afiliadas a la Asociación de Bancos de México la presunción como beneficiario y, se debe dar al solicitante una respuesta en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.
La Condusef recomienda acudir a la subdelegación más cercana y elaborar una solicitud de beneficiarios de cuentas de depósito y presentar: una copia del acta de defunción del fallecido, identificación oficial vigente.
Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Quadratín Quintana Roo.
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