Sillas infantiles: México aún está lejos del uso que reporta EU
CANCÚN, QRoo, 8 de enero de 2026.- En 2026, las y los trabajadores en México contarán con siete días de descanso obligatorio, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT); sin embargo, en redes sociales ha comenzado a circular la versión de que podría sumarse un octavo día de descanso, relacionado con la inauguración del Mundial de Futbol 2026, prevista para el 11 de junio.
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, los feriados oficiales son el 1 de enero (Año Nuevo), 2 de febrero (conmemoración del 5 de febrero), 16 de marzo (Natalicio de Benito Juárez), 1 de mayo (Día del Trabajo), 16 de septiembre (Independencia de México), 16 de noviembre (conmemoración del 20 de noviembre) y 25 de diciembre (Navidad).

Sobre el supuesto día de descanso por el Mundial, hasta el momento no existe ninguna reforma legal ni decreto oficial que lo incluya como feriado obligatorio, por lo que especialistas señalan que se trata únicamente de una especulación sin sustento jurídico.
Además de los días de descanso obligatorio, el calendario anual contempla otras fechas relevantes con suspensión de actividades, principalmente en el ámbito escolar, como Semana Santa, el 5 de mayo, el 15 de mayo y el Día de Muertos.
Autoridades laborales recuerdan que, cuando se trabaja en un día de descanso obligatorio, el patrón debe pagar el salario diario más dos días adicionales, y que cualquier incumplimiento puede ser denunciado ante la autoridad laboral correspondiente.